Se encuentra en marcha la revisión de las normas de comercialización del huevo por la Comisión Europea. El objetivo es derogar el actual Reglamento 589/2008 y ampliar con su contenido el Reglamento de la OCM 1308/2017, que solo tiene algunos puntos relativos al contenido de la legislación de comercialización de cada producto contemplado en la OCM. De este modo, salvo algunos cambios en el contenido de la regulación actual, básicamente se reproducen los artículos ya incluidos en el Reglamento 589/2008, que entrarán a formar parte del texto del Reglamento 1308/2013. Algunos de los puntos que estaban también recogidos anteriormente en la norma de comercialización pasan a incorporarse a la de higiene de los alimentos (Reglamento 853/2004) como es el caso de la fecha de consumo preferente de 28 días y también en la normativa de información al consumidor (Reglamento 1169/2011), como es la forma de expresión de la fecha de consumo preferente en el envase.

En los documentos de la UE están recogidas los siguientes cambios:

  • Gallinas camperas: Sus huevos podrán comercializarse como “huevos de gallinas camperas” aunque las aves estén confinadas durante más de 16 semanas por indicaciones de las autoridades de sanidad animal. Los parques, además, podrán tener paneles solares.
  • Características de los huevos de categoría A: Podrán incluirse también en la categoría de huevos frescos los huevos aromatizados con olores intencionados.
  • Eliminar la opción de utilizar indicaciones adicionales a las establecidas (las 4 clases de peso) para definir los distintos pesos/tamaños de los huevos.
  • Permitir el marcado del huevo en el primer centro de embalaje al que llegan desde la granja (siempre que el estado miembro lo permita expresamente).
  • Uso conjunto de las palabras “huevos” y “frescos” en el etiquetado.
  • Eliminar la obligación de autorizar cada envío de huevos desde España a industrias alimentarias de otros países de la UE y solo autorizar el envío inicial.
  • Eliminar la fecha límite de venta de 21 días desde la puesta, y mantener la fecha de consumo preferente de 28 días tras la puesta (ya publicado). Queda esta como fecha límite de venta en el caso de los huevos de gallina.
  • Nueva denominación de los huevos producidos en jaulas: cambia“huevos de gallinas criadas en jaula” por “Jaulas acondicionadas”.
  • Nueva denominación de los huevos de gallinas de suelo: cambia“huevos de gallinas en suelo” por “huevos de gallinas sueltas en el gallinero”.

Aunque estaba previsto inicialmente (en las fases preparatorias de la norma) incluir un período transitorio para su aplicación -de un año desde la entrada en vigor del reglamento-, no aparece este punto en el texto publicado por la Comisión, que indica que el reglamento será aplicable en veinte días tras su publicación en el boletín oficial. Se pedirá al Ministerio de Agricultura que solicite a la Comisión Europea que establezca un período transitorio de un año para la adaptación de los envases a la normativa, y la utilización de las existencias actuales de envases. Es importante encontrar una solución que evite la inseguridad jurídica y los problemas de aplicación para el sector español.

El Ministerio de Agricultura ha informado de que está prevista su publicación en el DOCE en el mes de noviembre con el fin de que entren en vigor en su mayor parte en este mismo año.