La ASOCIACIÓN AVÍCOLA VALENCIANA se constituyó el 22 de Abril de 1.992. Desarrolla sus funciones al amparo de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, para la representación, gestión, defensa y fomento de los intereses económico-sociales y profesionales comunes de sus miembros en relación con organismos y entidades públicos y privados, con el objeto de lograr el marco legal más favorable y el encauzamiento y ordenación de la actividad profesional y la promoción del sector avícola valenciano como unidad productiva diferenciada del conjunto de la economía española, defendiendo sus legítimos intereses.
En cumplimiento de las obligaciones de transparencia en aplicación de la ley 1/2022 de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunidad Valenciana (art. 3 de la ley 19/2013 y art. 4.1.b. de la ley 1/2022) se expone la siguiente información:
RESPECTO A SU ESTRUCTURA Y FUNCIONES:
Su organización se estructura en dos órganos de gobierno. La Asamblea General, compuesta por la totalidad de los socios de la asociación, y la Junta Directiva, elegida por la Asamblea General de entre sus miembros, que se encarga del continuo gobierno, gestión y administración de la asociación. Entre las atribuciones de la Junta Directiva están las de elegir al presidente y al secretario de la misma que lo son también de su Asamblea General. Actualmente el presidente es D. Javier Monterde Cremades, en representación de la empresa Huevos Monterde, S.L.U. en la Asociación y tiene la función de representar legalmente a la Asociación en cuantos actos, personaciones y relaciones de todo orden y jurisdicción deba intervenir la misma. El cargo de secretario, que recae en este momento en D. Pedro Luis Guillén Gil, en representación en la asociación de la empresa Huevos Guillén, S.L. y tiene como función organizar la gestión diaria de la misma.
Entre otras, las funciones principales de la Asociación son la representación, gestión, defensa y fomento de los intereses económico-sociales y profesionales comunes de sus miembros en relación con organismos y entidades públicos y privados, con el objeto de lograr el marco legal más favorable y el encauzamiento y ordenación de la actividad profesional y la promoción del sector avícola valenciano como unidad productiva diferenciada del conjunto de la economía española, defendiendo sus legítimos intereses. Realizará conciertos con la Administración, estudio y recomendación de orientaciones económicas, adopción de garantías de calidad, ordenación y perfeccionamiento técnico de los procesos comerciales, promoción de ventas, orientación de las producciones hacia un equilibrio de mercado y todas aquellas otras que estime oportunas y convenientes. La administración y disposición de los recursos, sean presupuestarios o patrimoniales, y su aplicación a los fines propios de la Asociación. Participar en proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación ( I + D + I ), tanto públicos como privados, nacionales e internacionales que generen conocimiento científico y tecnológico para fomentar el desarrollo del sector avícola y todas cuantas otras funciones de análoga naturaleza se consideren necesarias o convenientes para el cumplimiento de sus fines y para la defensa de los legítimos intereses de sus miembros.
RESPECTO A INFORMACIÓN ECONÓMICA, PRESUPUESTARIA Y ESTADÍSTICA
La Asociación Avícola Valenciana es una entidad sin ánimo de lucro con un presupuesto anual equilibrado de 200.000 euros, en el que los gastos se compensan con los ingresos. Con el 30% de las cuotas se pagan las cuotas de las Federaciones autonómicas y nacionales y con el 70% restante de las cuotas más los ingresos por las tasas por confección de guías sanitarias se financian los gastos del personal de la Asociación compuesto por una directora (licenciada en veterinaria) y tres administrativas (diplomadas en ciencias empresariales) y el resto de los gastos de la asociación.
La Junta Directiva presenta la liquidación de las cuentas de cada ejercicio y el correspondiente presupuesto a la Asamblea General que es el órgano que las aprueba.
Los cargos de los órganos de gobierno de la asociación no son remunerados, ni existen anticipos o créditos concedidos a miembro alguno de la Junta Directiva, ni obligaciones en materia de pensiones y seguros de vida ni respecto a los miembros antiguos y ni a los actuales.